Agencia La Oreja Que Piensa. Argentina 2011.
Con un abordaje metodológico y sistematizado los autores Claudio Schifer y Ricardo Porto (*)analizan en este texto la Libertad de Expresión y el Derecho a la Información en las constituciones de América Latina, los Tratados Internacionales ratificados por los países de la región y en las resoluciones adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “El derecho a buscar, difundir y recibir información presente en los tratados describe un proceso comunicacional complejo que supera el concepto clásico de libertad de expresión. Supone, básicamente, que existe un derecho a informar y un derecho a ser informado.”Y continúan afirmando los autores que “Este doble derecho a dar y recibir información ha sido puesto de relieve en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, en donde se afirma que en una sociedad democrática es necesario que se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas, opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto. Tal como está concebido en la Convención Americana, es necesario que se respete escrupulosamente el derecho de cada ser humano de expresarse libremente y el de la sociedad en su conjunto de recibir información.
La introducción de este libro hace referencia entre otros, la libertad de expresión, el derecho a la información, el derecho a la verdad, la censura, la doctrina de la real malicia, el desacato, la regulación de los medios de comunicación, la condena a los monopolios, la protección de los periodistas, la sociedad de la información, la comunicación audiovisual y el servicio universal de la comunicación.
“La libertad de expresión es un derecho fundamental para el ser humano y su reconocimiento se encuentra plasmado en las constituciones de los países americanos y en diversos instrumentos internacionales. En su dimensión más amplia, la libertad de pensamiento y expresión comprende el derecho a la información e ideas de toda índole sin consideración de fronteras. En esta dirección resulta sustantivo privilegiar la participación ciudadana y el acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto”, sostienen los autores.
También se podrá encontrar información en la sección complementaria, cuya sistematización permite ubicar rápidamente los institutos analizados en esta obra, permitiendo, además comparar semejanzas y diferencias entre los distintos ordenamientos jurídicos.
(*)Abogados, egresados de la facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y docentes e investigadores en el derecho de los medios de comunicación.
Son profesores del Marco Regulatorio en Televisión Digital del posgrado en Televisión Digitadle la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Palermo y del posgrado en Derecho de las Telecomunicaciones de la Asociación Argentina de Derecho de las Comunicaciones.
Claudio Schifer es miembro del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, habiéndose desempeñado como asesor de la Secretaria de Comunicación de la Nación y de la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Ricardo Porto es secretario de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación, habiéndose desempeñado como Subsecretario de Comunicación Social y Director Nacional de Radio y Televisión.
Obras publicadas por los autores:
Radiodifusión, Marco regulatorio (2007)
Diccionario Jurídico enciclopédico de los medios de comunicación (2004)
Telecomunicaciones. Marco Regulatorio (2002) publicadas por El Derecho;
La difusión política en los medios de comunicación (2003)
Ley nacional de Radiodifusión, ordenada y comentada (2001)
Los riesgos jurídicos del periodismo (1997)
Medios de comunicación, análisis jurídico y legislación (1995)
Han sido coordinadores de la primera revista del Colegio Público de Abogados de la
Capital Federal.
La Constitución, el Derecho y los Medios de Comunicación (2000).