Photo by Andrew Neel
Agencia La Oreja Que Piensa. Por Ricardo Porto (*) https://eleconomista.com.ar/2021-01-las-plataformas-censuran-a-trump-algunas-voces-deben-excluirse-del-debate-publico/
“Vamos a caminar hasta el Capitolio y vamos a animar a nuestros valientes senadores y congresistas”, arengaba Donald Trump a un grupo de seguidores reunidos alrededor de la Casa Blanca, reiterando sus denuncias de fraude en las elecciones.
La idea era impedir que el Congreso confirmara los resultados del Colegio Electoral, que consagraron ganador a Joe Biden.
El presidente Trump no logró su objetivo, pero sus partidarios no se privaron de ingresar al Capitolio, destrozar todo a su paso y protagonizar uno de los hechos vandálicos más escandalosos de la historia política norteamericana.
Las violentas expresiones del actual presidente de los Estados Unidos motivaron que Instagram y Facebook bloquearan sus cuentas. Mark Zuckerber justificó la decisión afirmando que no podía permitir “....el uso de nuestra plataforma para incitar a una insurrección violenta contra un gobierno elegido democráticamente”.
Por su parte, y por similares razones, Twitter, Snapchat y Google también adoptaron medidas restrictivas de ciertas publicaciones de Donald Trump.
Estos hechos plantean algunas preguntas. ¿Ciertas expresiones deben ser excluidas del debate público? y si es así ¿Quién debe hacerlo?
La teoría de la libertad de expresión ha dado, básicamente, dos respuestas a estos interrogantes.
El fundamento central del modelo europeo sostiene que la democracia debe permitir todas las expresiones posibles, excepto aquellas que conspiran contra la propia democracia.
Una manifestación concreta de esta postura es la condena a la negación del Holocausto, presente en diversas legislaciones europeas.
La posición americana, por su parte, se apoya en la doctrina del mercado de ideas, elaborada por John Milton y John Stuart Mill, que afirma que para conocer los méritos de una opinión es preciso dejar que la misma se exprese y que pueda cotejarse con otras ideas.
El público comparará las diferentes opiniones y se quedará con las mejores. El presupuesto básico de esta teoría es que no se impida la emisión de ninguna idea.
La legislación, jurisprudencia y doctrina mayoritaria de nuestro país se insertan en esta corriente ideológica americana; que, si bien condena las expresiones que promueven la violencia; sin embargo no admite excluir preventiva y temporalmente a determinadas personas del debate público por sus eventuales - y futuras- opiniones disvaliosas.
Por otro lado, las expresiones políticas son las que mayor protección poseen, dado que la democracia supone construir un espacio de discusión de ideas profundo y robusto sobre los asuntos de interés público.
¿Pueden las plataformas excluir a ciertas voces del debate público?
Una forma de responder esta pregunta es categorizar a estas modernas redes digitales. ¿que son; que pueden hacer?
En nuestro país la regulación de las plataformas es escasa. No obstante, la Corte Suprema, en el célebre caso Belén Rodríguez, dijo que son intermediarios que se limitan a transmitir información de terceros. Específicamente, los consideró una suerte de biblioteca moderna.
Esta concepción estuvo en el centro de la escena mucho tiempo. Las plataformas eran consideradas caños que se limitan a transportar información que no generan. Todo esto se encuadraba en el mantra que sostenía que los algoritmos eran neutrales.
El eje central de esta postura es que no hay en estas empresas criterio editorial.
Con el tiempo las cosas fueron cambiando y otra mirada comenzó a imponerse. Según algunos, son modernos medios de comunicación.
Esta caracterización se basa, entre otras cosas, en la facultad de las redes sociales de remover por sí mismas contenidos pornográficos o discursos de odio; lo que representa, en cierto modo, una actividad editorial.
La reciente determinación de las plataformas de bloquear las expresiones de Donald Trump viene a robustecer su función editorial. Ahora bien ¿pueden hacerlo? ¿Están habilitadas a suprimir discursos de interés público?
Martín Becerra afirma que no. Primero, porque cercena la libertad de palabra del representante de una corriente de opinión importante; segundo, porque impide a la sociedad recibir la información del presidente; tercero, porque las plataformas se arrogan el rol de controladoras del discurso público, asumiendo atribuciones que en una democracia le corresponden a los poderes del Estado.
La complejidad del tema es evidente. El desafío es doble. Se trata, no sólo de definir las nuevas reglas del debate político; sino quien, realmente, se encargará de redactar las normas.
(*) Periodista y abogado. Especialista en aspectos jurídicos de medios de comunicación.