Agencia La Oreja Que Piensa. Argentina 2011.
El Comité Contra La Tortura de la Comisión por La Memoria de la Provincia de Buenos Aires fue creado en el año 2003, con el objetivo de intervenir en los casos de abuso policial, violencia institucional y violaciones a los derechos humanos en los lugares de detención.
Cumple con las premisas de autonomía funcional y financiera que establece el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de Naciones Unidas..
Sus objetivos son: trabajar por el respeto de los derechos humanos de las personas alojadas en lugares de detención o que fueran víctimas de las fuerzas de seguridad de la provincia de Buenos Aires.
Ayudar en la mejora de la calidad y celeridad del servicio de justicia.
Incidir en las políticas públicas vinculadas al sistema penal y carcelario: promover se adecuación a los estándares constitucionales e internacionales.
Promover la implementación del protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
En este informe anual 2010 Titulado “Violaciones a los derechos humanos en los lugares de detención de la provincia de Aires” se analiza el despliegue de mecanismos de control y el uso de la violencia por parte del poder penitenciario sobre las mujeres detenidas (1).
La Oreja Que Piensa reproduce párrafos de este informe con fecha de publicación agosto 2010.Abordar el tema carcelario desde una perspectiva de género implica necesariamente una reflexión sobre las violencias que sufren las mujeres detenidas. Violencias en plural, distintas manifestaciones de la violencia ejercida por el poder carcelario: violencia institucional, física, psicológica, sexual y simbólica.
La mayoría de las mujeres acusadas o condenadas por haber cometido un hecho caracterizado por la ley como delito, han sido previamente víctimas de violencia física y/sexual.
Son en su mayoría pobres, desempleadas, han recibido escasa educación formal y han permanecido ajenas a cualquier tipo de política social de carácter inclusivo.. En este marco las instituciones de encierro, lejos de revertir estas realidades, reproducen las desigualdades y estructuras dominantes que perpetúan las violencias sobre las mujeres.
…el aislamiento como mecanismo de castigo, requisas personales o colectivas como trato vejatorio y degradante, violencia producida por la presencia de personal masculino en las cárceles de mujeres y traslados por distintas unidades carcelarias en forma arbitraria sin habilitar control judicial alguno sobre la medida.
Esta modalidad de castigo, usada con mucha frecuencia, puede implementarse de distintas maneras: en las celdas de aislamiento, en las propias celdas o en áreas específicas de la unidad como el sector de sanidad. Las detenidas permanecen allí encerradas durante días, semanas o meses, sin acceso a patio, a educación u otro tipo de actividades.
El traslado hacia estas celdas no siempre se efectúa junto con los elementos personales de las mujeres. Las salidas autorizadas para higiene personal varían en cada unidad, pero nunca superan la hora de duración.
Durante la medida de aislamiento las autoridades penitenciarias impiden el contacto con otras detenidas y con sus familias, incluso con sus hijos, y en algunos casos las llamadas telefónicas.
Este tipo de castigo conlleva además, una serie de trastornos psicológicos que muchas veces derivan en intentos de suicidios y heridas auto infligidas.
…el aislamiento como medida sistemática de sanción busca disciplinar a las mujeres despojándolas doblemente de sus lazos de referencias.
Las requisas personales:
Las requisas a través del desnudo total de la detenida suele ser utilizada por el personal penitenciario como amenaza o como castigo infligido en particular hacia aquellas internas que han realizad denuncias contra el Servicio Penitenciario.
Bajo el supuesto de mantener la seguridad de la institución carcelaria, el personal penitenciario dispone de forma arbitraria la modalidad y frecuencia con que se lleva a cabo este tipo de invasión del cuerpo de las mujeres detenidas.
En las cárceles de mujeres esta modalidad de la violencia vejatoria no resulta excepcional, sino que forma parte de una rutina de prácticas degradantes con fuerte impacto material y simbólico.
Esta modalidad humillante y vejatoria puede ejemplificarse con algunos relatos de mujeres detenidas:
“-Te hacen sacar todo. Una se siente humillada como mujer porque al costado hay un masculino que sabes si te está mirando. Te hacen dar vueltas, , mostrar las manos, los pies, todo desnuda. La jefas me miraban las tetas, el culo, estuve más de treinta minutos, solo me miraban y hacia mucho frio, terrible. Sentís que te hacen desfilar…un asco”.
“Al lado del control te hacen bajar los pantalones y la bombacha. Lo tenés que hacer para todo: para ir al médico, a la escuela, por audiencias. Si salís cada cinco minutos, es cada 5 minutos”.
Violencia contra detenidas por parte de personal de seguridad masculino
La presencia de personal masculino en las unidades penales que alojan mujeres no se limita a la intervención ante situaciones de alta conflictividad, sino que personal masculino cumple tareas administrativas y de seguridad en forma permanente contrariando lo dispuesto por la norma internacional. (Art 53.1 de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de Naciones Unidas)
Las prácticas violentas las ejerce personal penitenciario, principalmente masculino, y secundariamente femenino, siempre entre varios.
“Te manguerean, te arrastran de los brazos, como si barrieran, te van pegando y cuando llegas te manguerean también la celda así está todo el tiempo mojada , lo hcen los masculinos y las mujeres miran…”
Los motivos son amplios: en respuesta a insultos y/o agresiones de las detenidas, a reclamos por una compañera lastimada, por pedir teléfono o por no cumplir con algún horario.”
“Los paleros me metieron a palazos en los tubos, me mojaron el colchón y todas mis cosas con una manguera y me dejaron así hasta el día siguiente. Eran seis o siete hombres y todo fuè por reclamar teléfono”. Rossana L.
“A la mujeres primero nos maltratan verbalmente, se hacen los piolas, te buscan la reacción para que vos te plantes y te caguen a palos. Te pegan los hombres, los masculinos”.
A partir de estas denuncias es posible constatar que la violencia física ejercida por la participación de personal masculino en cárceles de mujeres es agravada por violencia sexual a través de amenazas de violación y la orden de exhibir los cuerpos desnudos durante las requisas personales.
Como lo señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el estado tiene la facultad de garantizar la seguridad y mantener el orden público, en especial dentro de las cárceles. No debe reducir sus actuaciones a la intervención de fuerzas especiales de seguridad frente a las situaciones de conflictos que surjan.
Paradójicamente, el mismo Estado que se compromete internacionalmente a sancionar y condenar el uso de la violencia contra las mujeres, promueve e implementa al interior de los establecimientos carcelarios el uso exacerbado de la violencia física y de género como mecanismos de disciplinamiento y control.
(1)Para elaborar este apartado se han consultado diferentes fuentes relevadas por el Comité Contra la Tortura: denuncias y resoluciones judiciales, entrevistas a mujeres detenidas alojadas en distintas unidades carcelarias durante el año 2009.
La Comisión por la Memoria está integrada por: Adolfo Pérez Esquivel - Hugo Cañón - Laura Conte - Aldo Etchegoyen - Alejandro Mosquera - Víctor Mendibil - Elisa Carca - Mauricio Tenembaum - Roberto Tito Cosa - Daniel Goldman - Mempo Giardinelli - Elizabeth Rivas - Martha Pelloni - Víctor De Gennaro - Emilce Moler - Fortunato Mallimaci - Susana Méndez - Luis Lima - Verónica Piccone - Carlos Sánchez Viamonte, entre otros.
http://www.comisionporlamemoria.org