El Juzgado de Garantías N° 1 de Olavarría ordenó la detención de cinco policías bonaerenses acusados del homicidio de Daiana Abregú (26), quien fue encontrada muerta en la comisaría de Laprida el pasado 5 de junio.
Las detenciones se producen luego de la reautopsia realizada hace unos días en la Asesoria Pericial La Plata y que fuera solicitada por la Comisión por la Memoria (CPM) contra la oposición del Fiscal José Ignacio Calonje.
En la orden de detención la jueza Fabiana San Román llama la atención sobre la inacción del Ministerio Público Fiscal.
Los policías bonaerenses Juliana Zelaya, Adrián Osvaldo Nuñez, Vanesa Soledad Nuñez, Pamela Di Bin y Leandro Esteban Fuhr fueron detenidos en la localidad de Laprida acusados de ser co-autores del asesinato de Daiana Abregú el pasado 5 de junio.
Se les imputa el delito de homicidio doblemente agravado, por su comisión con alevosía y por tratarse de miembros de la fuerza de seguridad policial en abuso de su función. Así lo dispuso la jueza Fabiana San Román, a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 de Olavarría.
Las detenciones se producen pocos días después de la reautopsia que solicitó la CPM, a cuya realización se opuso y luego dilató el fiscal José Ignacio Calonje.
Los resultados de esta reautopsia, realizada por cuatro médicos forenses de la Asesoría Pericial de La Plata, resultaron determinantes. Así se expresa en la orden de detención en la que se establece que la muerte de Daiana se produjo como consecuencia de un edema hemorrágico pulmonar, siendo estas conclusiones las que confirman el “hecho delictivo”.
Junto con los resultados de la reautopsia la Jueza examina una serie de circunstancias y hechos documentados en la investigación y que conducen a establecer las responsabilidades de los cinco agentes de la policía bonaerense en el asesinato de Daiana Abregú.
En consecuencia, la orden desestima completamente la hipótesis del suicidio que se intentó instalar en un primer momento desde la fuerza policial.
En el escrito la Jueza cuestiona además el accionar del Ministerio Público Fiscal en la figura del Dr. José Ignacio Calonje al expresar que “resulta escaso el aporte probatorio realizado hasta la fecha” y que «llama la atención su inacción».
Y además agrega: “Tampoco se explica cómo, habiendo existido otros funcionarios policiales que cumplieran sus labores esa fatídica mañana y que, el representante del MPF ha dejado al margen del pedido de coerción, no les haya recibido testimonio, máxime si se tiene en cuenta que algunos de ellos, conforme los libros aportados, pudieron haber tenido contacto directo con la víctima luego de su ingreso a las 7:20hs. en calidad de contraventora”.
Desde la CPM, que en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura interviene en la causa como particular damnificado, se habían denunciado muchas de las maniobras dilatorias del fiscal Calonje en la causa, especialmente los obstáculos para la realización de la segunda autopsia.
Frente a este nuevo avance de la causa a la luz de las evidencias, reafirmamos lo que ya dijimos: es indispensable que el Procurador General de la provincia de Buenos Aires, Julio Conte Grand, cumpla con la ley provincial que crea las fiscalías especializadas en violencia institucional, nombrando funcionarios judiciales calificados y comprometidos con una perspectiva de derechos humanos, que intervengan de manera diligente y urgente frente a estos graves delitos cometidos por los funcionarios policiales.
Comisión provincial por la memoria
La CPM está integrada por: Adolfo Pérez Esquivel (presidente), Dora Barrancos (presidenta), Susana Méndez (vicepresidenta), Víctor De Gennaro (vicepresidente), Roberto Cipriano García (secretario), José María di Paola (pro-secretario), Ernesto Alonso (tesorero), Víctor Mendibil, Ana Barletta, María Sonderéguer, Nora Cortiñas, Yamila Zavala Rodríguez, Laura Ginsberg, Carlos Sánchez Viamonte, Ana María Soffiantini, Gonzalo Conte y Guillermo Torremare.
Consultores académicos: Baltasar Garzón, Theo van Boven, Antonio González Quintana, Patricia Funes
La Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires es un organismo público extra-poderes que funciona de manera autónoma y autárquica. Fue creada por resolución legislativa 2117 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires en julio de 1999, y ratificada por la ley 12.483 del 13 de julio de 2000 y su modificatoria, la ley 12. 611/2000.
Está integrada por referentes de organismos de derechos humanos, religiosos de distintos credos, intelectuales, funcionarios universitarios y judiciales, legisladores y sindicalistas, como expresión plural del compromiso con la memoria del terrorismo de estado y la promoción de los derechos humanos.
Mediante la Ley provincial 12.642/00 -aprobada por unanimidad- recibió el edificio en el que había funcionado durante medio siglo la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) para que establezca su sede. Junto con ese emblemático edificio, la Comisión asumió la responsabilidad de custodiar y gestionar el primer archivo de inteligencia policial desclasificado de la Argentina: el Archivo de la DIPPBA.